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Acuerdos de pago con la DIAN

Acuerdos de pago con la DIAN

El cumplimiento de las obligaciones tributarias es un tema importante para cualquier empresa o persona natural que desarrolla actividades económicas en Colombia. Pero en algunos casos, el pago de los impuestos, intereses y sanciones resulta difícil para el contribuyente, afectando su situación financiera.

Por este motivo, la DIAN Colombia ofrece la posibilidad de celebrar un acuerdo de pago con el objetivo de facilitar y regularizar la situación tributaria del deudor. En este artículo, te explicamos todo lo que necesitas saber sobre este proceso.

¿Qué es un acuerdo de pago y cómo funciona?

Un acuerdo de pago es un contrato que establece las condiciones para que el contribuyente pueda pagar sus deudas con la DIAN en cuotas, dentro de un plazo máximo de 5 años. En casos excepcionales, la DIAN puede ampliar este plazo por dos años más.

Con este acuerdo, el contribuyente puede financiar su deuda y pagarla en cuotas fijas. Sin embargo, es importante tener en cuenta que este acuerdo no otorga descuentos ni rebajas de intereses moratorios o de capital, simplemente ofrece plazos para que el deudor pueda pagar con mayor facilidad la deuda.

¿Qué requisitos son necesarios para celebrar un acuerdo de pago con la DIAN?

Para poder celebrar un acuerdo de pago con la DIAN, el contribuyente debe garantizar el pago de la deuda a través de una de las opciones que señala el artículo 814 del estatuto tributario:

  • Constituir un fideicomiso de garantía.
  • Ofrecer bienes para su embargo y secuestro.
  • Ofrecer garantías personales, reales, bancarias o de compañías de seguros.
  • Cualquier otra garantía que respalde suficientemente la deuda a satisfacción de la Administración.

Es importante destacar que en casos en que la cuantía de la deuda no sea superior a 3.000 UVT, la DIAN prevé otorgar facilidades de pago sin garantías.

Adicionalmente, la DIAN puede conceder facilidades de pago sin garantía cuando el plazo solicitado no sea superior a un año, y el deudor denuncie bienes que puedan ser objeto de embargo y secuestro en caso de ser necesario.

¿Cuáles son los efectos del acuerdo de pago?

Una vez aprobado el acuerdo de pago, la DIAN no iniciará el proceso de cobro coactivo o lo suspenderá, si este ya está en curso, y no hará efectivo el remate de los bienes del contribuyente.

Sin embargo, es importante tener en cuenta que el acuerdo de pago no libera al contribuyente del pago de los intereses moratorios, que deberán ser pagados en cómodas cuotas. Así mismo, este acuerdo no implica rebaja o descuento de intereses, sanciones ni impuestos.

¿Qué sucede en caso de incumplimiento del acuerdo de pago?

El acuerdo de pago debe ser cumplido estrictamente, debiéndose pagar las cuotas en la fecha acordada. En caso de no hacerlo, el acuerdo de pago quedará sin efecto, y el proceso de cobro coactivo se reactivará, procediendo al remate de los bienes del contribuyente.

Es importante destacar que el contribuyente no puede entrar en mora respecto a las deudas por impuestos que se causen con posterioridad al acuerdo de pago.

¿Cómo solicitar un acuerdo de pago con la DIAN?

Para realizar un acuerdo de pago con la DIAN, el contribuyente debe enviar una solicitud por correo electrónico, siguiendo las indicaciones presentes en el instructivo de la DIAN:

  • En el asunto del correo se debe indicar la facilidad de pago solicitada (Artículo 814 E.T. Ley 2010 de 2019) y los datos del contribuyente.
  • En el cuerpo del correo deben indicarse la ciudad, fecha y seccional, así como el nombre completo o razón social del solicitante y los datos del representante o apoderado en caso de ser necesario. Además, se deben especificar las obligaciones objeto de la solicitud, discriminadas por concepto y cuantía. Es importante señalar el tipo de facilidad de pago solicitada y el plazo solicitado.
  • Si el plazo es máximo a 1 año, el contribuyente puede presentar relación de bienes. Si es superior a 1 año, debe presentar una garantía real.
  • Por último, se deben indicar la periodicidad y modalidad de las cuotas, así como la dirección y teléfono del solicitante y del tercero garante en caso de ser necesario.