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DIAN-RUT

No es necesario realizar la Renovación del RUT

el rut tiene vigencia indefinida no necesita actualizarce

Así es, la DIAN informo que no es necesario realizar la actualización del RUT por el simple motivo de tener la fecha actualizada. Y es que muchas entidades se habían empeñado en solicitar el RUT actualizado para realizar diferentes tramites, pues bien ya no es necesario hacer la renovación del Registro único Tributario RUT.

En Colombia, la vigencia de la inscripción al Registro Único Tributario (RUT) es indefinida y no se exige su renovación, tal y como está contemplado en el artículo 1.6.1.2.7. del Decreto 1625 de 2016.

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) hizo un llamado este martes para recordar que la inscripción al Registro Único Tributario (RUT) es permanente y no requiere de una renovación. La entidad recaudadora aclaró que las empresas o entidades no deben solicitar el RUT con la fecha actualizada en la casilla 61. No obstante, sí pueden verificar cuándo se generó el PDF del documento, el cual se muestra en la parte derecha del pie de página del formulario.

La actualización del es recomendable realizarla cuando los datos de contacto hayan cambiado o cuando existan modificaciones en la actividad económica principal. Estas modificaciones las puede realizar completamente en línea, si presenta inconvenientes para el ingreso a la plataforma, te recomendamos que realices el agendamiento de una cita en la DIAN en la sede más cercana y solicites ayuda de uno de sus funcionarios.

Recuerda, la actualización del RUT ya no es necesario realizarla, simplemente por la fecha, y las entidades tampoco pueden pedirla.